sábado, 30 de junio de 2012

La regulación de la nacionalidad

Siguiendo con la publicación de hallazgos de una investigación sobre los Reglamentos de Convivencia en escuelas argentinas, en este caso observaremos las normas referentes a la regulación de la nacionalidad.



        La idea de nacionalidad, del respeto de los rituales patrios y símbolos nacionales se transmite con fuerza a través de los reglamentos y se trata de normas que, en algunas instituciones más que en otras, tienen una correspondencia directa con la sanción, más que otras pautas: En relación a los símbolos patrios y actos escolares: Se espera la mayor atención y respeto. Se sancionará: no respetar los símbolos patrios, no guardar debida compostura en los actos escolares, no guardar silencio al izarse o arriarse la bandera.

        Para el caso de las escuelas religiosas notamos que ambas liturgias (la patria y la religiosa) parecen mezclarse estipulándose normas comunes: Respeto de los símbolos religiosos y patrios: Se deberá evidenciar en las formas: guardar silencio en el izamiento y el arrío de la bandera, comportarse correctamente en actos, misas, etc. La celebración de la Santa Misa y las plegarias cotidianas.”

También hallamos que en algunas escuelas, en este tipo de normas, se propone involucrar a los estudiantes como veedores. Respetar y hacer respetar (algo así como policías del respeto a la patria) solicitando que sean ellos los que controlen el comportamiento de sus propios compañeros en los rituales patrios. Aquí llama la atención que, si bien se proponen instancias de denuncia o juicio de la acción de los pares ante otras situaciones, es la única norma que propone desde su enunciado este tipo de control más horizontal y a la vez más extendido generando, en alguna medida, un dispositivo nacionalizador (Amuchástegui).

         Por otra parte, hallamos que en un colegio de provincia de Buenos Aires de gestión pública, en el que el reglamentos se conformó conjuntamente entre los diferentes actores de la comunidad educativa, las normas parecen convocar a otro tipo de compromiso, se especifica, por ejemplo que Mantener clima de silencio durante la Ceremonia de la Bandera, en las horas de clase y en los Actos Escolares, constituye una demostración de respeto hacia los símbolos patrios, los docentes, los propios compañeros y la propia identidad. Así, el respeto por estos rituales no está pensado en términos de trasgresión, ni se prevén sanciones. Pero además, así como en algunos colegios se equipara la ceremonia patria con la liturgia religiosa, aquí se emparentan estos rituales con los momentos de clase, lo que en cierta manera jerarquiza la situación de enseñanza-aprendizaje asignándole mayor importancia. Por otra parte, el respeto es tanto hacia los símbolos patrios como hacia los docentes y compañeros, siendo las personas las que conforman las ceremonias junto con los símbolos y no estos últimos despojados de toda situación y contexto particular.

   Así, encontramos que la regulación de la nacionalidad en las escuelas, a través de los rituales, está en consonancia con las maneras de pensar la patria, lo sagrado, pero también los vínculos y los modos de establecer las relaciones que implican una construcción diferente de la ciudadanía y la participación.




Extraído de
¿Qué se regula hoy en las escuelas?
Una mirada sobre las prescripciones de los reglamentos de convivencia
LUCÍA LITICHEVER
Área de Educación, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).
Sede Argentina
En Revista Iberoamericana de Educación n.º 59/1 – 15/05/12
Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI-CAEU)




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