Cuando miramos las normas, encontramos algunas que se
vinculan más estrechamente con la situación de enseñanza-aprendizaje, que se
ocupan de lo que podríamos denominar lo estrictamente escolar: las materias, el
estudio, el compromiso con las tareas. Al analizar estas normas hallamos
ciertas diferencias que parecen asociarse a diferentes pretensiones de
formación de las distintas instituciones que generan regulaciones
diferenciales.
En las escuelas a las que asisten sectores medios y medios
altos, aparece en las normas una preocupación por la calidad de la enseñanza,
por brindar la mejor educación posible. Cuestiones que emergen sobre todo en
los derechos que se enumeran para los estudiantes, y muchas veces también en
los que se estipulan para sus familias, en cuanto a lo que deberían esperar y
exigir. También se describe a veces una situación de responsabilidad
individual, del sujeto respecto de su propio aprendizaje. Así como se hace
hincapié en la responsabilidad, también se resalta la iniciativa propia y la
creatividad como cualidades que se buscan promover en el proceso de aprendizaje
en estas escuelas.
Por otro lado, en algunas escuelas ubicadas en barrios
populares, los derechos vinculados a la cuestión más académica parecen cernirse
casi exclusivamente al aspecto evaluativo, apelando a esa instancia educativa
como la prioritaria del proceso de aprendizaje, desentendiendo quizás otras.
También puede resonar este aspecto del proceso dada la expectativa de que los
estudiantes puedan contar con la titularización como vehículo de ingreso al
mercado laboral más que en la preocupación por un manejo de los contenidos y
saberes. Citamos algunas de estas normas para graficar lo que venimos
describiendo:
Tienen derecho a conocer las calificaciones parciales que
van obteniendo a lo largo del cuatrimestre;
Tienen derecho a ser evaluados en tiempo y forma, recibiendo
la crítica respectiva a fin de corregir errores; Los estudiantes tienen derecho a no tener más de dos evaluaciones escritas en un día. Contar con instancia de recuperación cuando fracasan.
Si bien resulta importante que lo relativo a la evaluación
sea explicitado y haya una búsqueda de justicia en esta situación que limite
las imparcialidades, la pregunta es acerca de la ausencia de otras normas
vinculadas a los procesos de aprendizaje, como por ejemplo en relación a la
calidad de la enseñanza que deben impartir los docentes, el derecho a ser
escuchados que tienen los estudiantes, la importancia de respetar las opiniones
de los distintos actores, la búsqueda por promover la creatividad, la imaginación,
como ocurre en escuelas de otros sectores.
A la vez, encontramos algunas normas que apelan
indirectamente a los docentes respecto del cumplimiento con la tarea de
enseñanza y el respeto hacia los estudiantes: Tienen derecho a recibir el dictado
de las horas cátedras completas;
A conocer los objetivos, contenidos, actividades y criterios
de evaluación de cada espacio curricular;
Tienen derecho a no ser afectados en su autoestima, recibir reconocimiento
por los logros alcanzados.
Llama la atención, en algunos reglamentos, la fuerte
presencia de derechos que pretenden asegurar la instancia de transmisión de
conocimiento, donde las normas manifiestan que debe cumplimentarse el dictado
de la clase en tiempo y forma como si tal cosa, en ciertas escuelas, no pudiera
estar garantizada. La fuerte explicitación de estas normas parece dar cuenta de
la frecuente trasgresión de esta pauta. Estas normas se presenten de forma más
extendida en escuelas que atienen a sectores socioeconómicamente bajos; como si
la pobreza económica de los jóvenes que asisten a estas escuelas se trasladara
también al trabajo escolar (Kessler, 2004) produciendo una pobreza escolar.
Esta preocupación por las condiciones de los jóvenes en
desmedro de la transmisión de saberes, genera muchas veces en los docentes una
restricción de los objetivos de enseñanza en pos de brindar cada vez más un
espacio de contención que actúe como contrapeso de la situación que estos jóvenes
viven.
Extraído de
¿Qué se regula hoy en las escuelas?Una mirada sobre las prescripciones de los reglamentos de convivencia
LUCÍA LITICHEVER
Área de Educación, Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO).
Sede Argentina
En
Revista Iberoamericana de Educación
n.º 59/1 – 15/05/12
Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura (OEI-CAEU)
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